Los electores españoles residentes en el extranjero podrán comprobar sus datos de inscripción en estas mismas fechas en los respectivos consulados. La consulta en los Ayuntamientos puede hacerse por medios informáticos, previa identificación del interesado, o alternativamente mediante la exposición material de las listas electorales si no se cuenta con esos medios.
Según informa el Instituto Nacional de Estadística (INE) en una nota, el plazo para reclamar, si se observa algún error u omisión en los datos contenidos en el censo electoral, se extiende del 4 al 11 de abril. Las reclamaciones se podrán presentar en los Ayuntamientos, consulados o en las delegaciones provinciales de la Oficina del Censo Electoral.
Tarjetas censales
La Oficina del Censo Electoral remitirá a cada elector una tarjeta censal en la que se le indica la mesa en que le corresponde votar, así como el local electoral y la dirección de este, a partir del 25 de abril.
Las delegaciones provinciales de la Oficina del Censo Electoral atenderán las consultas sobre materias de su competencia (inscripción en el censo, voto por correo, locales electorales, tarjetas censales, etc.) en sus oficinas y también por teléfono, en el número 901.101.900.
Consulta por Internet
En la página web del Instituto Nacional de Estadística (http:/www.ine.es) está disponible información sobre el censo electoral con los datos de interés para esta consulta, censo vigente, reclamaciones, voto por correo, plazos, normativa legal y recuentos de inscritos.
Todos los electores pueden consultar los datos de las mesas y locales electorales. Además, los electores que posean un certificado digital pueden consultar sus datos de inscripción en el censo electoral.