FEDERACION ESPAÑOLA DE MUNICIPIOS Y PROVINCIAS

El Tribunal Supremo declara ajustada a derecho la tasa municipal sobre telefonía móvil


El Tribunal Supremo ha ratificado en una sentencia la facultad de los Ayuntamientos para aplicar la tasa municipal por el aprovechamiento del dominio público local que realizan las operadoras de telefonía móvil. Es la primera vez que el Supremo se pronuncia a favor del cobro de este tributo, tras varias sentencias favorables emitidas por otros tribunales de rango inferior.


La sentencia del Tribunal Supremo desestima un recurso de casación interpuesto por la compañía Vodafone contra una sentencia emitida en su día por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña que daba la razón al Ayuntamiento de Badalona (Barcelona) uno de los primeros municipios en implantar esta tasa.

El fallo del Supremo corrobora la legitimidad de la tasa municipal y dictamina que para prestar el servicio de telefonía móvil es necesario el uso del dominio público local. En consecuencia, la actividad realizada se ajusta a lo establecido en la Ley Regulador de las Haciendas Locales, lo que implica que las empresas operadoras deben abonar la tasa a los Ayuntamientos, tal y como la FEMP ha argumentado en repetidas ocasiones para defender la adecuación a derecho de dicha tasa.

Como se recordará, la FEMP recomendó en su día la elaboración y aprobación de ordenanzas fiscales sobre telefonía móvil y, para ello, remitió a los Ayuntamientos dos modelos de ordenanzas cuya diferencia radica en los parámetros para la determinación de la cuantía de la tasa, ambos avalados por la existencia de informes técnico-económicos que mostraban la coherencia de los parámetros considerados en ambos casos.

 

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05/11/2009

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