Aprobada la distribución del fondo de apoyo a la acogida y la integración de inmigrantes
El Consejo de Ministros ha aprobado los objetivos y la distribución del crédito presupuestario de 66,6 millones de euros del Fondo de Apoyo a la acogida y la integración de los inmigrantes. El Gobierno destaca que el refuerzo educativo y el papel de los municipios en la aplicación de este fondo continúan siendo prioritarios.
Con esta dotación presupuestaria se pretende financiar las actuaciones que realicen las Comunidades Autónomas para fomentar el desarrollo de políticas de integración de las personas inmigrantes en los ámbitos de acogida; integración en los ejes de empleo, vivienda, servicios sociales, salud, infancia y juventud, igualdad de trato, mujer, participación, sensibilización y desarrollo, y refuerzo educativo.
Además del Estado, las Comunidades Autónomas y también las Entidades Locales tienen competencias en áreas clave para la integración, tales como el empleo, la educación, la salud, los servicios sociales o la participación cívica. Por ello, el 40% de este fondo debe ir destinado en cada Comunidad Autónoma, a las políticas de integración en el ámbito local.
Criterios de distribución
En cuanto a los criterios de distribución, la cuantía total que se distribuye entre las Comunidades Autónomas se realiza en tres partidas:
· 39.637.824 euros para Acogida e Integración.
· 26.425.216 euros para Refuerzo Educativo.
· 536.960 euros para Atención a menores extranjeros no acompañados desplazados desde Canarias.
En Acogida e integración se establece una asignación básica para cada autonomía (10 por 100) en aplicación de un criterio de solidaridad interterritorial y con el fin de que las Comunidades con presencia menor de inmigrantes cuenten con una aportación estable.
Además, se establece un 25 por 100 a una partida de "situaciones especiales" que responde a la mayor presión migratoria de entrada que soportan algunas Comunidades por su situación geográfica: Andalucía, Illes Balears, Canarias, Catalunya, Comunidad Valenciana, Comunidad de Madrid y Murcia, así como las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla. La cantidad restante se asigna en función de la población inmigrante empadronada, el número de trabajadores inmigrantes afiliados a la Seguridad Social y el número de trabajadores inmigrantes del Régimen Especial Agrario.
En cuanto a la partida de Refuerzo Educativo se asigna en función de los siguientes criterios: el número total de alumnado inmigrante escolarizado en enseñanza no universitaria por Comunidad Autónoma y el número de alumnado inmigrante escolarizado en enseñanza no universitaria procedente de países no castellanohablantes por Comunidad Autónoma.