Se ha aprobado la remisión a las Cortes Generales del Proyecto de Ley de Servicios Funerarios, cuya finalidad es garantizar el libre acceso a las actividades funerarias y su ejercicio, la libertad de elección de prestador por parte de los usuarios de servicios funerarios y la aplicación de prácticas que eviten la aparición de riesgos para la salud pública.
El texto legal, elaborado conjuntamente por los Ministerios de Economía y Hacienda y de Sanidad, Política Social e Igualdad, en cumplimiento del mandato establecido por la Ley Ómnibus de transposición de la Directiva de Servicios a la legislación española. El texto legal aprobado incorpora las recomendaciones y comentarios de Comunidades Autónomas, Ayuntamientos, y asociaciones y empresas del sector.
La Ley afecta principalmente a la eliminación de barreras de entrada y de ejercicio, y viene a suprimir requisitos para el acceso a la actividad, autorizaciones de ejercicio consideradas innecesarias o desproporcionadas o la prohibición de trasladar un fallecido hasta pasadas las veinticuatro horas del fallecimiento, entre otras cuestiones.
La eliminación de autorizaciones y requisitos supondrá también una reducción de cargas administrativas que se estima en 18,3 millones de euros. En este sentido, el 8 por 100 del ahorro total anual calculado beneficia a las empresas en el momento de su creación, por tratarse de la eliminación de trámites y requisitos relacionados con el acceso a la actividad. El 92 por 100 restante deriva de la eliminación de trámites asociados al ejercicio de la actividad de servicios funerarios.
Asimismo, el texto hace especial hincapié en la mejora de la protección de los derechos de los consumidores y usuarios de los servicios, al aumentar las obligaciones de información y transparencia en materia de precios y hacer explícito el derecho a la libertad de elección.