Ayudas para la conservación o enriquecimiento del patrimonio histórico
Las Entidades Locales podrán financiar hasta el 75% del presupuesto total de sus actuaciones de conservación o enriquecimiento de inmuebles del patrimonio histórico español, con fondos procedentes del Ministerio de Fomento y sus entidades dependientes. Así lo recoge una Orden de este Departamento publicada en el BOE.
La Orden prevé la concesión de ayudas a personas o entidades, públicas o privadas sin ánimo de lucro, que sean titulares de un inmueble declarado Bien de Interés Cultural o que acrediten una cesión de uso a su favor por un plazo mínimo de 50 años. Para que la actuación sea financiable, los bienes, además de ser de Interés Cultural, han de ser de titularidad pública y destinarse, al menos por 50 años, a un uso público de carácter sociocultural, turístico o de servicio público.
La aportación financiera, con cargo al Ministerio de Fomento, corresponderá, como máximo, al 75% del presupuesto total de la actuación, si el solicitante es una Entidad Local o cualquier otra entidad pública o privada, y del 50%, en el caso de que sea una Comunidad Autónoma o Ente dependiente de la misma.
El procedimiento para formalizar la solicitud, la relación de documentos a aportar y los formularios complementarios se encuentran en el BOE y en el archivo adjunto. La fecha límite para la presentación de solicitudes quedará determinada tan pronto se publique la convocatoria.
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Ayudas para la conservación o enriquecimiento del patrimonio histórico. 22/10/2014