FEDERACION ESPAÑOLA DE MUNICIPIOS Y PROVINCIAS

Establecidos los criterios de cálculo del coste efectivo


El Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas ya ha aprobado la norma que establece los criterios de cálculo del coste efectivo de los servicios prestados por las Entidades Locales. Con ello, se da cumplimiento a los preceptos contemplados en la Ley de Bases de Régimen Local tras su reforma, que se orientan a buscar la forma más eficiente de gestión de los servicios. Antes del 1 de noviembre de 2015 los Gobiernos Locales tendrán que presentar por primera vez, la información sobre el coste efectivo de sus servicios, precisamente, el correspondiente al año 2014.


Se trata de la Orden HAP/2075/2014, de 6 de noviembre, por la que se establecen los criterios de cálculo del coste efectivo de los servicios prestados por las Entidades Locales, que aparece publicada en el Boletín Oficial del Estado del viernes, 7 de noviembre. Dicha Orden hará posible la aplicación de la reforma incorporada a la Ley de Bases por la Ley de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local, que prevé el cálculo y publicidad del coste efectivo de los servicios en aras de la eficacia y la transparencia.

El cálculo del coste efectivo es una obligación que afecta a todas las Entidades Locales y a todos los servicios que éstas presten, directamente o mediante entidades u organismos dependientes o vinculados ellas, o mediante fórmulas de gestión indirecta. La Orden especifica tanto la determinación de costes directos como de costes indirectos de los servicios.

El texto señala que antes del 1 de noviembre de 2015, las Entidades Locales deberán facilitar, por primera vez, la información económico-financiera correspondiente a 2014, ajustada a los criterios de cálculo recogidos en la Orden.

De forma excepcional, para este año 2014, la información correspondiente al año 2013 será publicada por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas antes del 1 de diciembre. Será información referida a las áreas de gasto contenidas en la clasificación por programas, según las liquidaciones de presupuestos que han facilitado las Entidades Locales.

La Orden contiene anexos con la estructura de la información que deben remitir las Entidades Locales, en la que cabe destacar la que se refiere a las unidades físicas o indicadores que se consideran relevantes en cada servicio, y la forma de gestión utilizada. Estos elementos deberán concretarse en una próxima resolución que verá la luz antes de 30 de junio de 2015, que habrá de contar con el informe previo de la FEMP, al igual que las futuras modificaciones que pudiese experimentar esta orden.

Acceso a la Orden HAP/2075/2014

El Ministerio de Hacienda y AAPP ha publicado la Orden que establece los criterios de cáluclo del coste efectivo de los servicios locales.
07/11/2014

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